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Programa de
Bonos Solares para Colombia

Energía Fotovoltaica en Colombia

Colombia tiene un enorme potencial de energía renovable. En primer lugar sus niveles de irradiación solar se encuentran entre los más altos del planeta, en especial en la Zona Caribe y en la Orinoquia. Sin embargo, y a pesar de todo lo anterior, las energías alternativas no alcanzan a aportar el 1 por ciento del consumo energético nacional. Gracias a la reglamentación de la Ley 1715 de 2014, que da incentivos tributarios a las inversiones en energías renovables no convencionales, por fin se consolidan proyectos de energías alternativas, principalmente de Solar Fotovoltaica, en el país.

Impuesto Nacional al Carbono

El impuesto nacional al carbono fue creado por el artículo 221 de la ley 1819 de 2016 (Reforma Tributaria Estructural) en respuesta a la necesidad del país de contar con instrumentos económicos para incentivar el cumplimiento de las metas de mitigación de Gases de Efecto Invernadero (GEI) a nivel nacional.

Este impuesto es un gravamen basado en el contenido de carbono de los combustibles y está siendo pagado, desde Enero de 2017, por los consumidores finales, ya que está incluido en el precio actual de los combustibles.
En cumplimiento de esa ley el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS), expidió Decreto 926 de 2017, que establece el procedimiento para la No Causación del Impuesto Nacional al Carbono.

Este tiene como propósito estimular la formulación e implementación de iniciativas de mitigación mediante reducción o remoción de emisiones de GEI con las cuales se tiene derecho a la no causación del impuesto.

Impuesto Nacional al Carbono

Decreto 926 de 2017 – Solicitud de no causación del impuesto

Energía Fotovoltaica como Iniciativa de Mitigación de GEI

La energía fotovoltaica sustituye energía convencional, y así contribuye a la mitigación de GEI en Colombia. Los proyectos elegibles por el mecanismo deben asegurar transparencia en su implementación, demostrar un desarrollo metodológico confiable, registrar públicamente sus resultados de mitigación al igual que la titularidad de las reducciones de emisiones o remociones de GEI generadas y finalmente deben ser verificados por una tercera parte acreditada.

Para este fin, el Decreto 926 de 2017 establece las características de las reducciones de emisiones y remociones de GEI, especifica que estas deben provenir de iniciativas de mitigación implementadas en el territorio nacional, utilizar programas de certificación o estándares de carbono que cuenten con registros públicos y haber implementado metodologías del Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL) de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático (CMNUCC), metodologías emitidas por el Gobierno Nacional a través del Organismo Nacional de Normalización o cumplir los pasos metodológicos que establece el registro REDD+.

La verificación de las toneladas de CO2 elegibles para la neutralización de las emisiones asociadas al uso de los combustibles fósiles gravados por la Ley, debe ser realizada por organismos de verificación. Sin embargo, debido al carácter descentralizado y distribuido de la energía fotovoltaica, los costos para el desarrollo, el registro, el monitoreo y la verificación (llamados costos de transacción) presenten una barrera para que una instalación fotovoltaica individual acceda a estos mecanismos y sus beneficios correspondientes.

Programa “Bonos Solares” para Plantas Fotovoltaicas en Colombia

Con el propósito de hacer accesibles las ventajas de una iniciativa de mitigación de GEI, las empresa Bonos Solares SAS, afiliado Colombiano de First Climate (Switerzerland) AG ha creado el Programa “Bonos Solares.

Los Bonos Solares siempre se pagaran a las plantas fotovoltaicas inscritas en el Programa en Octubre el año siguiente a cual se hayan reducido los GEI. Ejemplo: Los Bonos Solares para el año 2020 se pagaran en el cuarto trimestre de 2021. Condiciones principales para acceder al Programa Bonos Solares:

Principales criterios de elegibilidad (no exhaustivo)

Ubicación de la planta

Territorio Nacional de Colombia

Fecha de comienzo de la inversión

Después del 17 de Octubre de 2017

Datos de generación eléctrica

Medición en la salida del inversor (corriente AC) y transferencia telemétrica

Cesión de reducciones de GEI

Cesión al Programa Bono Solar

Planta ≤ 15 MW (salida inversor)

Inscripción1 sin costo e inclusión2 garantizada en el Programa Bono Solar

Planta > 15 MW (salida inversor)

Inscripción1 sin costo e inclusión2 garantizada para contratos firmados antes del 30 de Junio, 2020.

1 – La inscripción es el contrato entre el dueño de la planta y el Programa Bono Solar.
2 – La inclusión se refiere al registro de la planta ante la Junta Directiva del MDL de Naciones Unidas.

Beneficios financieros y tributarias

Registrado bajo el MDL UNFCCC

No. 10494

Bonos Solares SAS

Autorizado por el Gobierno Colombiano como la Entidad Coordinadora y de Administración (CME por sus siglas en inglés)

Reducciones de Emisiones Optimizadas

A través de un factor de emisión para la red eléctrica alto

Bono Solar

Remuneración atractiva en función del tamaño de la planta (#CER)3

Vigencia Bono Solar

Durante 21 años4

Ajuste inflación

Según la inflación del año anterior más un punto porcentual a partir del año 2021

Beneficio tributario (solamente para empresas generadoras que venden la energía fotovoltaica generada)

El artículo 99 de la Ley 1819 de 2016 adiciona el artículo 235-2 al Estatuto Tributario, el cual hace referencia a las rentas exentas a partir del año gravable 20195.

3 – CER = Certified Emission Reduction (Certificado de Emisiones Reducidas) es una unidad de acuerdo con el Protocolo de Kyoto, o una unidad
que sustituye el CER según el Acuerdo de Paris. 1 CER = 1 t CO2 equivalente
4 – Vigencia valida siempre y cuando no se presenten cambios significativos en el marco regulatorio establecido por el Protocolo de Kyoto, el Acuerdo de
Paris y el Estatuto Tributario de Colombia
5 – Se establecen beneficios para la venta de energía eléctrica generada con base en energía eólica, biomasa o residuos agrícolas, solar, geotérmica o de
los mares, según las definiciones de la Ley 1715 de 2014 y el Decreto 2755 de 2003, durante un término de 15 años cuando esta sea realizada
únicamente por empresas generadoras y se cumplan los siguientes requisitos: Tramitar, obtener y vender certificados de emisión de bióxido de carbo
no. Que al menos 50% de los recursos obtenidos por la venta de dichos certificados se inviertan en obras de beneficio social en la región donde
opera el generador. Dicha inversión será realizada de acuerdo con la proporción de impacto de cada municipio por el desarrollo y funcionamiento de la central generadora.

Co-Beneficio de Monitoreo Remoto

Las plantas participantes en el Programa Bono Solar recibirán como co-beneficio un monitoreo remoto de su planta. En el caso de que la generación solar mensual medida sea inferior al 90% de la generación nominal establecida, el dueño de la planta recibirá automáticamente un correo electrónico de advertencia.

Participantes en el programa (ejemplos)

Company Project Location

Country: Colombia

Technology Installed Capacity Electricity Generation/year
Canadian Solar Caracolí Malambo, Atlántico Photovoltaic 52,4MWp 109873 MWh
Greenyellow Various projects including Pétalo de Córdoba Planeta Rica, Yumbo, Rionegro, Villavicencio, Bogotá, and Barú  

Photovoltaic

 

14 MW

 

23445 MWh

SVC Alma Solar I Arauca, Arauca Photovoltaic 9,9MWp 23261 MWh
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